En Argentina, el acceso a los tratamientos de reproducción médicamente asistida se encuentra regulado por la Ley 26.862 y el decreto reglamentario N° 956/2013, normativa que reconoce el derecho de todas las personas mayores de edad a acceder a técnicas y procedimientos destinados a lograr la consecución del embarazo.
La ley establece la obligación de las obras sociales, empresas de medicina prepaga y demás agentes de salud de brindar cobertura integral de los tratamientos de fertilidad, incluyendo tanto las técnicas de baja complejidad como aquellas de alta complejidad.
¿Qué coberturas prevé la Ley de Fertilidad?
La normativa contempla la cobertura de:
- Estudios y diagnósticos vinculados a infertilidad
- Medicación necesaria para los tratamientos
- Técnicas de reproducción asistida de baja complejidad
- Técnicas de alta complejidad, como fertilización in vitro (FIV) e ICSI
- Procedimientos y prácticas complementarias necesarias
El Decreto 956/2013 establece además que la cobertura debe brindarse conforme a los criterios y modalidades fijados por la autoridad de aplicación, incorporando estas prestaciones dentro del Programa Médico Obligatorio (PMO).
¿Cuántos tratamientos deben cubrir?
La reglamentación dispone que las personas tienen derecho a acceder a:
- Hasta cuatro tratamientos anuales de baja complejidad
- Hasta tres tratamientos de alta complejidad, con intervalos mínimos entre cada uno
Asimismo, la cobertura comprende la medicación y los procedimientos necesarios indicados por el profesional tratante.
¿Qué ocurre si la obra social o prepaga rechaza la cobertura?
En la práctica, muchas personas se encuentran con negativas, demoras o limitaciones impuestas por las obras sociales y empresas de medicina prepaga.
Algunos de los problemas más frecuentes suelen ser:
- Rechazo de determinados procedimientos
- Limitaciones vinculadas a la edad
- Negativa a cubrir medicación
- Demoras en autorizaciones
- Restricciones no previstas en la ley
Frente a estas situaciones, es posible realizar reclamos administrativos y, en caso de corresponder, iniciar acciones judiciales para garantizar el acceso efectivo al tratamiento indicado.
La importancia de la indicación médica
Para efectuar un reclamo resulta fundamental contar con:
- Historia clínica
- Estudios médicos
- Certificados e indicaciones del profesional tratante
- Presupuestos o documentación requerida por la cobertura médica
La documentación médica permite acreditar la necesidad y urgencia del tratamiento solicitado.
Asesoramiento legal en reclamos por tratamientos de fertilidad
En Arce-Kenny Abogados contamos con experiencia en reclamos vinculados al derecho de la salud y cobertura médica, acompañando a nuestros clientes frente a negativas de obras sociales y empresas de medicina prepaga.
📩 Si estás teniendo problemas para acceder a un tratamiento de fertilidad, podés contactarnos para recibir asesoramiento.
